La Norma 26, una iniciativa con objetivos sociales y ambientales. Por Marisol Arellano Sabag

Antecedentes
Los antecedentes de la Norma 26 datan de 1996, año en que se publicó la Ley de desarrollo urbano del DISTRITO FEDERAL, en aquella ocasión se planteaba como licencia VIN (vivienda de interés social). La primera publicación de la Norma 26 aparece en el año 2000, con ella se pretendía incentivar la construcción de vivienda de interés social y, a la vez, frenar el crecimiento de la mancha urbana pues permitió a los desarrolladores construir vivienda popular de hasta seis niveles con algunas excepciones como son: cajones de estacionamiento. A finales de ese mismo año su aplicación es acotada por el Bando 2 en el que se otorga la factibilidad de servicios de agua y drenaje, para este tipo de desarrollos, sólo en cuatro delegaciones: Benito Juárez, Miguel Hidalgo, Cuauhtémoc, y Venustiano Carranza.


El aumento en la densidad de población trajo consigo problemas como: calles conflictivas, pues las nuevas viviendas no contaban con lugares de estacionamiento suficientes al interior de los inmuebles; fallas en la dotación de servicios de agua, energía eléctrica, etc., pues la capacidad del equipamiento urbano y la infraestructura se vio rebasada; la pérdida de identidad y la transformación de la imagen urbana, pues poco se tomaron en cuenta estos aspectos para el diseño de los nuevos desarrollos, en cambio se introdujeron tipologías ajenas al sitio; el impacto al ambiente también fue negativo pues aún no se incluían criterios de sustentabilidad para el ahorro de energía, agua o la disposición de residuos sólidos; además, las viviendas no podían considerarse de interés social pues el valor comercial era muy elevado. En el año 2005, luego de los abusos y problemas que causó la aplicación de la Norma 26, se suspendió en la Delegación Miguel Hidalgo de acuerdo con el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano, pero se ratificó y amplió en las Delegaciones Azcapotzalco, Iztacalco, Tláhuac y Cuauhtémoc.

Reformas a la Norma 26, inserción de criterios de sustentabilidad ambiental
Es hasta agosto del 2010 cuando se publican las modificaciones vigentes, se incorpora el concepto de vivienda sustentable y se otorgan "premios" con más altura a los desarrollos privados que adopten ecotecnias en la construcción de vivienda de interés social. Para ello se divide al Distrito Federal en tres zonas. La primera está confinada dentro del Circuito Interior donde se permiten 5 niveles con la posibilidad de incrementar un nivel si se cumple con los criterios de sustentabilidad ambiental; la segunda está comprendida entre el Circuito Interior y el Anillo Periférico donde se autorizan 6 niveles con la posibilidad de incrementar dos niveles. La tercera a partir del Anillo Periférico hasta los límites del suelo urbano donde se permite la construcción de 4 niveles con la posibilidad de aumentar un nivel.

La Norma 26 tiene como incentivo principal para los desarrolladores inmobiliarios, la disponibilidad de suelo a bajo costo. La tecnología ecológica que promueve, está orientada a reducir el consumo de agua potable con dispositivos de bajo caudal y aireadores, los microsistemas de tratamiento de aguas grises, sanitarios ecológicos con sistema dual y cisternas para la captación, almacenamiento y reúso de agua pluvial. También se incluyen equipos para el ahorro de electricidad y combustible, así como los que aprovechan fuentes alternativas de energía (Isunza, 2010). Esta norma permite construir hasta ocho niveles, lo que implica un riesgo por la zona de sismicidad, mismo que se asume en aras de satisfacer la demanda de vivienda.

Por otro lado, aun cuando la SEDUVI establece los valores máximos de la vivienda en tres categorías que van desde 20 hasta 30 veces el salario mínimo anual, los constructores buscan estrategias para mantener sus utilidades en un nivel rentable, entre las que se encuentran, por ejemplo, la venta de cajones de estacionamiento y paquetes de acabados. Cabe destacar que aunado a los incrementos en los costos y tiempos de gestión, también la incorporación de los criterios de sustentabilidad establecidos en la Norma 26, conlleva a que el costo de edificación llegue a ser mayor hasta en un 20% en comparación con una vivienda tradicional.

Suspensión y Revisión de la Norma 26
Es importante destacar que el 8 de octubre de 2012, la SEDUVI publicó el Acuerdo por el que se suspenden temporalmente los trámites y términos de recepción y gestión de solicitudes presentadas ante la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, relativas a cualquier acto administrativo que implique la aplicación de la Norma de Ordenación General  “26. para impulsar y facilitar la Construcción de Vivienda de Interés Social y Popular en Suelo Urbano” (GODF, 2012). Lo que llama la atención de este acto es que se atribuye al uso indebido y excesivo de las modificaciones que se hicieron a la Norma 26 en el año 2005, incluso, se refiere a ella con la denominación anterior, donde debía decir: Norma de Ordenación General No. 26 para Incentivar la Producción de Vivienda Sustentable de Interés Social y Popular en el Distrito Federal (GODF, 2010), es decir que no toma en consideración que dicha norma se modificó de manera sustancial en el año 2010, y es a raíz esto que los impactos negativos que ya se habían observado, se multiplicaron exponencialmente.

Los motivos que condujeron a esta medida fueron, principalmente, la presión de organizaciones vecinales que expresaron su desacuerdo con el cambio en el uso de suelo y la imagen urbana; en este caso no se previó el impacto social y la resistencia de los habitantes, que argumentaban afectaciones como la obstrucción del asoleamiento en calles y viviendas, las fallas en el suministro de servicios y los conflictos viales ocasionados por un incremento considerable en el número de habitantes; una problemática muy similar a la que se había observado en años anteriores. Actualmente, algunos sectores de la ciudadanía organizada han conseguido que las iniciativas de modificación a la Norma 26, se hayan postergado por casi tres años; el intento más reciente se dio el 6 de febrero de 2015, cuando se presentó una nueva propuesta ante la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sin embargo, una vez más, las organizaciones vecinales frenaron la revisión y discusión en éste recinto.

Reflexiones
Si bien, la Norma 26 contiene algunos principios que consiguen el ahorro de agua y energía en la vivienda, el alcance de estas medidas es muy limitado. La problemática que supone la conservación de los bienes ambientales en la región demanda un tratamiento en diversos planos y escalas, por ello, al concentrarse en la escala arquitectónica, la influencia de esta Norma estará restringida; esta posición reduccionista es incompatible, en sentido estricto, con el concepto de sustentabilidad ambiental. Aunado a esta condición, destacan otros aspectos que dificultan la aplicación y cumplimientos de la Norma 26 como la burocratización en la autorización de proyectos o la falta de mecanismos y modelos de evaluación, monitoreo y supervisión de los resultados.

La suspensión de la Norma 26 (SEDUVI, 2012), provocada por presiones vecinales, pone de manifiesto que las características socio-culturales de una comunidad son un factor determinante para la elaboración y puesta en marcha de planes y proyectos. Por ende, en una urbe tan heterogénea, como el D.F., será conveniente que las normas reflejen las diferentes aspiraciones e identidades; la polarización económica y su expresión en el territorio puede ser otra pauta que matice la planeación de la vivienda social, sin que con ello se favorezca la segregación. La crítica se centra en el tratamiento indiferente de los atributos del territorio, se ignora, también, el proceso histórico de la Ciudad y la tradición urbana; lo cual, constituye una contradicción al planteamiento singularizado que propone el diseño sustentable.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

EIBENSCHUTZ Hartman, Roberto. 2010. La Zona Metropolitana del Valle de México: los retos de la megalópolis, Pensar el futuro de México Vol. 9, UAM-X, México
ISUNZA Vizuet, Georgina. 2010, Efectos urbano-ambientales de la política de vivienda en la Ciudad de México, Espiral estudios sobre estado y sociedad, vol. XVII no. 49 IPN CIECAS, México
SEDUVI, Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, 2010 Norma de Ordenación General No. 26…, publicada en la GODF 10/08/2010
SEDUVI, Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, 2012, Acuerdo por el que se suspenden temporalmente los trámites…, publicada en la GODF 08/10/2012

Abril, 2015.


No hay comentarios:

Publicar un comentario